Accidente de trabajo
Se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena: También se considera como accidente de trabajo los accidentes que sufra el trabajador al ir o volver del lugar de trabajo.
Accidente no laboral
Desde el punto de vista de la Seguridad Social se considera accidente no laboral aquel que no tiene el carácter de accidente de trabajo.
Accidente
Se entiende por accidente la lesión corporal que deriva de una causa violenta, súbita, externa, y ajena a la intencionalidad del asegurado que produzca invalidez temporal o permanente o muerte.
Actos vandálicos o malintencionados
Actuaciones voluntarias, cometidas con el único fin de causar daño en los bienes asegurados, por personas distintas del Asegurado, sus familiares, o personas que con él convivan o de él dependan.
Actuario
Persona licenciada en ciencias económicas que estudia las operaciones de seguros desde el punto de vista financiero, técnico, matemático y estadístico
Agente de Seguros o Agencia de Seguros
Persona o sociedad que media los contratos de seguro entre la compañía de seguros y los posibles clientes. Sólo puede trabajar para una entidad y ésta es responsable de todos sus actos.
Agente financiero
Profesional que actúa en nombre de una entidad financiera.
Ahorro
Cantidad excedente de la renta que una economía familiar, empresarial o nacional, no dedica al consumo. Es lo que sobra de los ingresos después de satisfacer el pago de todos los gastos.
Ahorro garantizado
Tipo de seguro que permite realizar aportaciones monetarias tanto únicas como periódicas con la certeza de que la inversión está garantizada como mínimo en su 100% de lo invertido.
Ahorro previsión
Denominación del ahorro a muy largo plazo, generalmente con vistas a preparar la jubilación.
Ámbito territorial
Concreta el territorio en el que se cubre el riesgo de accidente.
Ámbito temporal
Se refiere a la edad mínima y a la edad máxima, para la cual no existe limitación legal alguna.
Área
Recinto para exposición, venta y alquiler. Especialistas en viviendas para el ocio, caravanas, autocaravanas, etc.
Asegurado (multirriesgo comunidad)
Los copropietarios e inquilinos, así como sus familiares y personal de servicio doméstico. En caso de propiedad única no tendrán consideración de terceros los familiares hasta segundo grado del Asegurado, ni las personas que convivan habitualmente con él. Los empleados del edificio, excepto por los propios daños personales o materiales que sufran con ocasión del ejercicio de su actividad.
Asegurado
En los seguros de personas es la persona expuesta al riesgo, de modo que el siniestro es la realización del evento previsto en la póliza sobre esa persona expuesta al riesgo. En los seguros de daños es la persona física o jurídica titular del interés objeto del seguro y que en ausencia del tomador asume las obligaciones derivadas del contrato.
Es la persona que junto con el tomador suscribe el contrato, y a quien corresponde la obligación genérica de cobertura de riesgo, que se traduce en la prestación específica de pagar una indemnización, un capital, una renta u otra prestación convenida cuando se produzca el siniestro asegurado.
Atraco
Sustracción ilegítima de los bienes muebles ubicados en las partes comunes, y sean de uso común para los ocupantes del edificio, contra su voluntad, mediante actos de intimidación o violencia sobre las personas encargadas de su vigilancia y/o custodia.
Autocaravana
Es un vehículo de motor que sirve para el transporte de personas y cosas a la vez que incluye alojamiento vivienda y conteniendo, al menos, el equipo siguiente: asientos y mesa, camas o literas que puedan ser convertidos en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo estará rígidamente fijado al compartimiento vivienda; los asientos y la mesa pueden ser diseñado para ser desmontados fácilmente.
Automóvil
Vehículo de motor que sirve para el transporte de personas o cosas, o de ambas a la vez, o para la tracción de otros vehículos con aquel fin. Se excluyen de esta definición los vehículos especiales.
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