Seguro a primer riesgo
Consiste en asegurar una cantidad determinada, hasta la cual queda cubierto el riesgo, con independencia del valor total de las existencias, sin que, por tanto, haya aplicación de regla proporcional, siendo necesaria la reposición de la prima en caso de siniestro de conformidad con las Condiciones Generales de la póliza, y a prorrata por el tiempo que mediara hasta su próximo vencimiento.
Seguro colectivos
Reúne varios seguros personales individuales en una sola póliza, el grupo asegurado debe tener alguna característica común distinta al propósito de asegurarse.
Seguro contra daños
Es el seguro que cubre o asegura los riesgos a los que están sometidos los objetos.
Seguro de Accidentes
Tiene como finalidad fundamental resarcir al Beneficiario, ya sea el Asegurado u otras personas, de las consecuencias económicas que comporta todo accidente que causa lesiones.
Seguro Renta-Capital
Fórmula que permite la percepción mensual asegurada de los rendimientos de un capital.
Selección de Riesgos
Son todas las actuaciones de la aseguradora encaminadas a decidir en cada caso concreto si acepta o rechaza el riesgo que se le ofrece para su cobertura. Para el estudio de los riesgos el asegurador cuenta con la información que dispone del candidato, recogida en la solicitud del seguro, en la declaración de salud, el reconocimiento médico y el informe confidencial.Siempre que se asegure Continente, se incluyen, asimismo, los gastos ocasionados por la búsqueda, reparación y tapado de las conducciones causantes de los daños indemnizables.
Siniestro
Evento súbito e imprevisto, cuyas consecuencias económicas dañosas están cubiertas por las garantías de la póliza. Se considerarán como un solo y mismo siniestro, todos los daños corporales y materiales que provengan de una misma causa. La fecha del siniestro, será la del momento en que se produjo el primero de los daños.
Situación asimilada al alta
Se entiende que un trabajador está en situación asimilada ala alta cuando está en alguna de las situaciones siguientes:
Excedencia forzosa.
Traslado del trabajador al extranjero.
Desempleo involuntario, total o subsidiario o cuando haya terminado el período de percepción.
Período de inactividad de los trabajadores temporales.
Sobreseguro
Cuando la suma asegurada supera el valor del interés asegurable. El artículo 26 de la Ley del Contrato de Seguro: " el seguro no puede ser objeto de enriquecimiento injusto para el asegurado... " se origina cuando el tomador atribuye al objeto asegurado un valor mayor del que realmente tiene.
Solicitud
Es el documento editado por el asegurador, y cumplimentado por el futuro tomador, que contiene una serie de cuestiones, a través del cual se solicita de la aseguradora determinada cobertura. La solicitud no vincula al solicitante (artículo 6 de la Ley del Contrato de Seguro)
Subrogar
Sustituir a una persona o cosa en una relación jurídica. El contenido de la obligación no sufre ninguna alteración continuando incluso las relaciones accesorias.
Suma asegurada se fija en la póliza y constituye el único límite de la Prestación asegurada (sin perjuicio de los límites que el Asegurador pueda imponer sobre las prestaciones máximas susceptibles de contratación.
Subsidio
Capital que se indemniza diariamente para el caso de estar de baja y si el riesgo esta cubierto en póliza.
Suplemento o apéndice
Documento que, de común acuerdo tomador y asegurador, modifica parcialmente la póliza.
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